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lunes 27 de julio de 2026
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Yo no fui, fue Teté, responde la síndico; involucran a Meta y al INE

La síndico procuradora de Tijuana, Teresita de Jesús Balderas Beltrán, emitió este jueves por la tarde-noche un posicionamiento sobre la denuncia pública que hicimos en…

Por Dora Elena Cortés Lecturas: 2

La síndico procuradora de Tijuana, Teresita de Jesús Balderas Beltrán, emitió este jueves por la tarde-noche un posicionamiento sobre la denuncia pública que hicimos en Carta Abierta, revelando un atentado contra la libre expresión y derecho a la información a raíz de que se nos ubicó como parte denunciada, en el recurso que ella interpuso por “violencia de género” contra el subsecretario de Inclusión y Diversidad de la pasada administración municipal Eduardo Rodríguez.

En primer término, asegura que ella no presentó denuncia ni contra la agencia ni contra mi persona y señala como responsables de esa decisión a las autoridades electorales de Baja California y lo más increíble, a mí, cuando en sus puntos cuarto y quinto establece que, al haber respondido a la autoridad que yo era la responsable de la agencia por ser su directora, propicié que el propio instituto me emplazara formalmente como parte DENUNCIADA.

Habrase visto.

Reitero que tiene todo el derecho de defenderse de ataques personales como podrían haber sido, según refiere, algunos que le hubiese lanzado la persona contra la que inicialmente interpuso el recurso, sin embargo, AFN no tiene ninguna participación en ese pleito personal que se cargan y nuestra única culpa, según se ve en las actuaciones, es haber publicado una entrevista que se le hizo el domingo 26 de abril de este año al mencionado Rodríguez, que no contiene nada agresivo ni incurre en violencia de género, ni mucho menos, tiene opiniones personales o editoriales de la agencia.
Aquí les dejo la nota para que ustedes mismos juzguen, ya que es la que incluyeron en esa denuncia como prueba, junto con señalamientos que Edoardo Rodríguez le hace en sus redes y de los cuales, nosotros no tenemos ninguna responsabilidad.
https://afntijuana.info/informacion_general/176297_exfuncionario_municipal_denuncia_persecucion_y_hostigamiento.
Pero volviendo al tema, lo que abogados, especialistas electorales e inclusive personal de las instancias electorales señaladas me aseguran es que esto, definitivamente tiene su origen en la denuncia que presentó la funcionaria municipal que, tras leer la nota publicada del 26 de abril interpuso un nuevo recurso de inconformidad que motivó todo lo que estamos viviendo.
Veamos: lo que Teresita dice es que en el desahogo de sus facultades de investigación el Instituto Electoral solicitó formalmente información a la empresa Meta Platform Inc., y que fue precisamente la respuesta de esa plataforma tecnológica la que aportó los datos técnicos y de registro que OBLIGARON legalmente al instituto a indagar sobre el origen y la difusión de las publicaciones, objeto de la queja.
También señala que, derivado estrictamente de esa información provista, el IEEBC determinó dentro de su línea de investigación “girar citatorios a diversas personas, para el esclarecimiento de estos hechos”.
Sin embargo, por la documentación que tenemos, fue el Tribunal Estatal de Justicia Electoral (TJEBC) el que ordenó al Instituto Estatal Electoral reponer el proceso que ya había favorecido a Balderas Beltrán, al determinar que el IEE, originalmente no nos había requerido ni tomado declaración, lo que en un momento podría causar afectación a la quejosa.
De hecho, en una de las páginas del expediente se establece que, si bien Teresita de Jesús Balderas Beltrán denunció a Edgar Edoardo Rodríguez Delgado de los hechos materia de la queja y de las constancias que obran en autos, se advierte que en lo que al presente asunto concierne: la publicación de la entrevista DENUNCIADA fue realizada desde el perfil de Facebook denominado Agencia Fronteriza de Noticias.
Pero el Tribunal Estatal de Justicia Electoral no actúa de oficio, sino que lo hace a petición de parte y en este caso, explicó alguien que conoce de estos procedimientos, el tema se reactivó ante la nueva denuncia de la síndico que, además involucró en su recurso a esta agencia. De no haberlo hecho, dicen, no estaríamos en este momento en esta discusión.
Y precisamente, sobre la información proporcionada por Meta Platform Inc (empresa tecnológica estadounidense enfocada entre otras cosas a redes sociales) el TJEBC le requirió proporcionar toda nuestra información, lo mismo que al Instituto Nacional Electoral (INE), por lo que los datos personales de una servidora y de varios de los empleados de AFN quedaron ahí expuestos.
En días recientes les comentaba que nos llegaron siete citatorios de la autoridad electoral, sin embargo, por lo que vimos en el recurso que ya tenemos en nuestras manos, el Tribunal ordenó la localización para su requerimiento de ¡19 personas!
Y es que Meta proporcionó los nombres de quienes tenemos enlistados como personas autorizadas para hacer enlaces en vivo, subir videos o las notas que producimos normalmente, pero como no pudieron ubicar a todos, llegaron siete requerimientos. A través del INE obtuvieron y se pusieron en el expediente los nombres completos y direcciones particulares, así como el CURP de todos los enlistados por Meta, salvo algún par que no pudieron identificar.
De hecho, la información que le pidieron a Meta Platform Inc., con respecto a la agencia fue:
– El correo electrónico establecido en la información de contacto del apartado de datos personales.
– Si existe verificación o confirmación de la identidad de dicho perfil.
– Si la cuenta está vinculada a alguna otra cuenta de Facebook.
– El nombre de la persona que fungía como administrador al momento de los hechos DENUNCIADOS.
– Si del registro de actividad se desprende la publicación del contenido, materia de la denuncia.
Luego añade que en su caso, y una vez identificada la persona encargada de la administración de la cuenta de Facebook precisada anteriormente, deberá instaurar la investigación correspondiente respecto de la probable comisión de conductas que pudieran contravenir la norma aplicable otorgándole el cauce procesal correspondiente, así como requerirla a efecto de que señale domicilios para oír y recibir notificaciones… Bla, bla, bla Y siempre habla de DENUNCIA sobre la agencia, cuando agrega: regularizar la admisión de esta Denuncia debiendo adecuar los dispositivos legales correspondientes, conforme a los hechos Denunciados.
Y Meta proporcionó toda la información solicitada, además de que se cuenta expediente ante autoridad electorales con el acta constitutiva de nuestra empresa, que no nos fue solicitada a nosotros (como luego ocurre), por lo que presumimos que esa información la presentó con la denuncia la propia síndico.
Hay que ver la manera como se están solicitando y obteniendo todos nuestros datos personales, sin dejar de lado lo grave que una actuación de esta naturaleza significa para la libre expresión y el derecho a la información.

 

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ANA Y CONDA.- Aquí, lo lamentable es el pleito casado que tiene la síndico con la ex alcaldesa Monserrat Caballero y por eso el conflicto con Edoardo Rodríguez. Y a nosotros ¿Qué?

PD.- También lo lamentable es que se están utilizando recursos públicos para un asunto sin importancia. O que nos digan ¿Quiénes son los abogados de Teresita en las causas penal y electoral?

PD1.- ¿Por qué se utiliza personal de comunicación para difundir su posicionamiento, si sus quejas o denuncias son en su calidad de mujer y no como funcionaria municipal?

PD2.- Entonces no puede, ni mucho menos debe, defenderse como síndico con recursos que están destinados para otros efectos.

PD3.- Y no estoy comprando el pleito que traen; mis respetos para ambas partes, sin embargo, debo defender nuestro trabajo y la libre expresión.

PD4.- Muy agradecida a todos los periodistas que en Baja California y en otras partes de México se han solidarizado, lo mismo que representantes de sectores, de profesionistas, ciudadanos y lectores.

PD5.- Mi agradecimiento a todos los abogados que han ofrecido llevar este caso de manera gratuita en defensa de nuestra actividad periodística y de la libre expresión.

PD6.- Nuestro asunto lo trae el despacho del abogado Javier Esteban Capella Ibarra, con el acompañamiento de Artículo 19 que ya se reportó con nosotros.

afntijuana@hotmail.es
Twitter: @DoraElenaAFN

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